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La nueva Ley (LOE -Ley de ordenación de la Edificación) regula el proceso de la edificación y delimita las responsabilidades de los agentes intervinientes en el proceso edificatorio (Promotores, Constructores, Técnicos, y otros), a la vez que establece la obligatoriedad de concertar determinados seguros. La respuesta aseguradora, los protege a estos, así como a los adquirentes, ante los posibles daños materiales por vicios o defectos estructurales de la obra. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, Obliga al promotor a contratar una póliza de seguro que garantice, durante 10 años, el resarcimiento de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio. El Seguro Decenal de Daños a la Construcción, protege a los promotores y propietarios adquirientes de viviendas de los daños materiales que tengan origen o afecten a los elementos constructivos fundamentales.
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